viernes, 3 de febrero de 2017

¿Con que objetivo PPK firmó el Decreto Supremo Nº 001-2017?




¿Con que objetivo el presidente Pedro Pablo Kuczynski firmó el Decreto Supremo Nº 001-2017-RE que se ha publicado el pasado lunes 24 de enero?

Bueno, el motivo sería para abrir la posibilidad  que el Gobierno de Chile adquiera la casona peruana donde actualmente funciona su consulado en Tacna. El referido documento establece esa posibilidad aun estando dentro de los 50 kilómetros adyacentes a la frontera.

En su artículo primero, el documento suscrito por el dignatario así como los representantes de los ministerios involucrados declara de "necesidad pública que cualquier Estado pueda adquirir o poseer bienes inmuebles dentro de los cincuenta (50) kilómetros de la frontera, de conformidad con el artículo 71 de la Constitución Política del Perú, para la instalación de un local consular y para residencia de los funcionarios consulares, en el marco de lo previsto en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963".


En el referido decreto se señala además que la posesión o adquisición por parte de su actual ocupante debe tener el visto bueno actual de los ministerios de Relaciones Exteriores y de Defensa del Perú.

Un dato importante a tomar en cuenta, es que la casona peruana donde actualmente funciona el consulado chileno debió ser entregado al Estado Peruano simultáneamente con el canje de las ratificaciones realizadas el 28 de Julio de 1929 en Santiago de Chile, tal como se establecía en el art. 6 del Tratado de Lima.

Lamentablemente, esto no ha sucedido y nuestro presidente prochileno aparentemente se las quiere reglar.

Por otro lado, se sostiene que el presidente Pedro Pablo Kuczynski habría firmado el Decreto Supremo Nº 001-2017-RE,  también con el objetivo de apoyar a un grupo de empresarios chilenos que estarían interesados  en que las vías de ferrocarril Tacna – Arica sean  ampliado para que pueda llegar hasta  Iquique.

Pues el principal problema que tiene este grupo de empresarios chileno es que el artículo 71 de la Constitución Política, que impide a los extranjeros (personas naturales o jurídicas), tener propiedades de forma directa o indirecta, dentro de los 50 kilómetros de frontera.



Y la mejor respuesta a resolver esto se resuelve en que el artículo 71 de la Constitución hace una excepción a su prohibición, permitiendo el desarrollo de inversiones extranjeras en fronteras siempre y cuando se trate de una "necesidad” pública expresamente declarada por Decreto Supremo aprobada por Consejo de Ministros.


Cabe recordar, que este medio ya había dado la alerta en que  un grupo de empresarios chilenos se había reunido la semana pasada en Tacna con sus pares peruanos para activar el proyecto chileno que tiene como objetivo de ampliar las vías del Ferrocarril Tacna – Arica hasta Iquique.

Pero, eso no sería todo, pues según nuestras fuentes,  la empresa chilena PerúRail sería la empresa que pasaría a administrar  el Tren Tacna – Arica.

¿Pedro Pablo Kuczynski   está rompiendo el Tratado de 1929 al firmar el Decreto Supremo Nº 001-2017?

¿Son los chilenos los que están imponiendo que se concesione el Ferrocarril Tacna – Arica?








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