Pese a que el presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski, se niega a derogar el Decreto Supremo N001-2017, hace unos días atrás, Director de la oficina desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores en Tacna, Augusto Galarza, se reunió con representantes políticos, colegios profesionales y sociedades patrióticas tacneñas para aclarar este tema.
En su exposición,
el señor Augusto Galarza, tomó la
palabra aclarando que el decreto en mención es exclusivo para el tema de
locales consulares en zonas de frontera en el Perú, nada tiene que ver con el
ámbito comercial.
“Estaba tomando nota, y me vi forzado de participar y
precisar las cosas. Insisten en su interpretación pero me parece que es
completamente equivocada (…) no queremos que siga habiendo interpretaciones
antojadiza sobre el decreto que tiene un fin muy específico (…) no tiene
absolutamente ningún fin comercial, quiero que eso quede claro. No es
precondición para nada, no es condición para que salga otro, este decreto está
pensado para todas las zonas fronterizas. Que sea genérico no quiere decir que
sea impreciso”, aseveró.
La explicación de Galarza causó el malestar entre algunos
asistentes y durante su alocución, Galarza fue tildado de traidor a la patria y
prochileno.
Cabe recordar, que el pasado 24 de enero, el presidente firmó
el Decreto Supremo Nº 001-2017-RE. Pero, ¿Con que objetivo el presidente Pedro
Pablo Kuczynski firmó el Decreto?
Bueno, se sostiene que el presidente Pedro Pablo Kuczynski
habría firmado el Decreto Supremo Nº 001-2017-RE, con el objetivo de apoyar a
un grupo de empresarios chilenos que estarían interesados en que las vías de ferrocarril Tacna – Arica
sean ampliado para que pueda llegar
hasta Iquique.
Pues el principal problema que tiene este grupo de
empresarios chileno es que el artículo 71 de la Constitución Política, que
impide a los extranjeros (personas naturales o jurídicas), tener propiedades de
forma directa o indirecta, dentro de los 50 kilómetros de frontera.
Asimismo, PPK con este decreto le da carta pase para que el
Gobierno chileno adquiera la casona peruana donde actualmente funciona su
consulado en Tacna. El referido documento establece esa posibilidad aun estando
dentro de los 50 kilómetros adyacentes a la frontera.
Y la mejor respuesta a resolver esto se resuelve en que el
artículo 71 de la Constitución hace una excepción a su prohibición, permitiendo
el desarrollo de inversiones extranjeras en fronteras siempre y cuando se trate
de una "necesidad” pública expresamente declarada por Decreto Supremo
aprobada por Consejo de Ministros.
¿Si el D.S. 001 no tiene una connotación comercial, como es
posible que la presidenta de la Cámara de Comercio de Tacna, Corinne Flores,
manifestara el año pasado que el proyecto de Aventura Plaza, fuese de
iniciativa chilena y que prosperó al ingresar con socios peruanos?.
Empresa chilena incumple
con el Art. 71 de la Constitución
Peruana
Dato: Debemos de tener
encuenta, que actualmente el grupo chileno Solarí incumple con el Art. 71 de la
Constitución Peruana. Como se sabe, el Grupo Solarí, propietaria de Falabella y
Sodimac, adquirió en el 2015 por un
monto de S/.1.404 millones la cadena
peruana ‘Home Center Maestro’ que
actualmente opera en Tacna y como ya hemos referido, el artículo 71 de la
Constitución Política, impide a los
extranjeros (personas naturales o jurídicas), tener propiedades de forma
directa o indirecta, dentro de los 50 kilómetros de frontera.
Pero eso no es todo, pues, el grupo chileno se adjudicó con
la compra las 29 tiendas que operan en todo
el país ‘Home Center Maestro’
y también posee 12 terrenos para
futuros desarrollos.
Tras la compra, Falabella duplicó su presencia en el mercado
hasta un 20% de la torta con Sodimac y Maestro. Su competencia ahora son
Promart y Casinelli.
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