Luego de un largo proceso, los ex
oficiales del Ejército Luis Iracabal y Gustavo Latorre, no serán condenados por
el delito de malversación de caudales públicos en la adquisición de tanques
Leopard.
Y es que la suplente de la Corte
de Apelaciones de Santiago, Teresa Figueroa, dictó sentencia de primera instancia en la
investigación por el delito de malversación de caudales públicos en la
adquisición de tanques Leopard, por parte del Ejército a mediados de la década
de los noventa.
Pero luego la magistrada determinó la absolución de
los ex oficiales del Ejército Luis Iracabal Lobo y Gustavo Latorre Vásquez, de
la acusación fiscal por haber transcurrido el plazo de prescripción de la
acción penal.
El fallo señala que los hechos,
"son constitutivos del delito de malversación de caudales públicos, toda
vez que entre los años 1995 y julio de 1998, dos funcionarios públicos que
tenían a su cargo caudales o efectos públicos y que desempeñaban en los cargos
de Director de FAMAE y Gerente Comercial de FAMAE y que sustrajeron la suma de
US$ 298.120,94 y US$ 298.090,94, respectivamente, dinero que deriva
directamente, o que no puede sino provenir, del precio solucionado por Chile
por la compra del referido material bélico, traspasando dichos fondos públicos
al ámbito de su disponibilidad personal".
Sin embargo, como los hechos
ocurrieron en 1995, la sentencia señala que corresponde computar el plazo de
prescripción de diez años, el cual no se ha visto interrumpido porque "los
enjuiciados no han incurrido en la comisión de crimen o simple delito alguno
con posterioridad a los hechos por los que se los acusó".
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