viernes, 14 de agosto de 2015

¿Dónde está la Industria Pesquera de Tacna?


A través del Decreto Supremo 022 publicado en el diario el Peruano, el Ministerio de la Producción (Produce) aprobó, un listado de 330 productos (hidrobiológicos en su mayoría) que no podrán ser industrializados en la Zona Franca de Tacna (Zofratacna).


Se supo que con esta prohibición, la Zofratacna pierde la posibilidad de albergar empresas dedicadas a la fabricación de productos hidrobiológicos, aceites y grasas vegetales y animales, azúcar, alimentos para animales, derivados del petróleo y metales no ferrosos (molibdeno y zinc).

Ante este penoso agravio contra la Ciudad Heroica, el representante de la Cámara de Comercio en el directorio de la Zofratacna, Aldo Fuster, explicó que la ley de creación de la Zona Franca prohibía ya este tipo de industrias sin embargo el decreto supremo específica al detalle qué tipo de mercancías (denominadas subpartidas nacionales) no deben ingresar a la Zonafranca.

"En 2013 solicitamos que ciertos productos fueran excluidos de esa lista. En esta gestión nunca se vio el tema. Ahora sólo queda trabajar por que se modifique el decreto. Tacna no tiene mar y necesita de industrias, no se pueden dar estas limitaciones", dijo Fuster.

Pero, que dice el Decreto Supremo 002- Produce, bueno sostiene que no se podrán instalar en Tacna empresas industriales y agroindustrias que se dediquen a actividades extractivas y/o manufactureras de la lista de mercancías que serpa aprobada mediante Decreto Supremo con el refrendo Ministerio de Economía y Finanzas y del Ministerio de la Producción previa opinión Tcnica del comité de la ZOFRATACNA.


El Decreto Supremo 002 también establece que mediante el oficio N° 119 2014, el comité de administración de la ZOFRATACNA remitió su opinión técnica sin haber observación alguna al listado, dándose así cumplimiento a lo establecido en el artículo 9 de la Ley N° 27688 modificada por la Ley 28599.













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